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La Junta impulsa la formalización de una nueva Zona Básica de Salud en La Cistérniga para mejorar la atención sanitaria

La Junta de Castilla y León ha presentado, en el Consejo Castellano y Leonés de Salud, la propuesta de creación de la nueva Zona Básica de Salud de La Cistérniga, con el fin de segregarla de la actual modificación de la actual ZBS Delicias I que cuenta ya con 27.478 tarjetas sanitarias. Todo ello con el fin de ofrecer una atención sanitaria más accesible, equitativa y adaptada a las necesidades actuales de una población caracterizada por el crecimiento demográfico registrado en los últimos años, unido al incremento de la demanda asistencial vinculada al envejecimiento poblacional y a la alta prevalencia de enfermedades crónicas.

De este modo la nueva zona, clasificada como urbana, atenderá a 8.957 tarjetas sanitarias y será cubierta por el centro de sanitario situado en la calle Fragua a la altura del número 14 de La Cistérniga. Esta reestructuración permitirá optimizar la coordinación entre profesionales, mejorar la proximidad de los servicios y ajustar la carga asistencial. La delimitación territorial de la ZBS incluirá el municipio vallisoletano de La Cistérniga y sus entidades singulares, como el Polígono Industrial La Mora, las urbanizaciones El Páramo y El Paramillo, así como diversas fincas y el Centro Ecuestre Vega del Pinar. Por su parte, la ZBS Delicias I mantendrá su centro de salud en el número 18 del Paseo Juan Carlos I y pasará a atender a 18.521 tarjetas sanitarias. Esta actuación se fundamenta en lo dispuesto en el Decreto 32/1988 de 18 de febrero, y en la Ley 8/2010, de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León, que establecen criterios geográficos, demográficos y socioeconómicos para la organización de las zonas básicas de salud. En los próximos días se abrirá el trámite de información pública tanto en el Portal de Gobierno Abierto como en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Por otro lado, se ha dado a conocer al Consejo la tramitación del proyecto de Decreto por el que se crea el Registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia respecto de la intervención directa en la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo en Castilla y León. Con esta norma, la Junta cumple la previsión contenida en la Ley Orgánica 1/2023 de 28 de febrero por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2010 de 3 de marzo de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo. La Ley Orgánica referida reconoce el derecho de los profesionales sanitarios que intervienen directamente en la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo al ejercicio de la objeción de conciencia. En este sentido, se considera que el personal médico especialista en ginecología y obstetricia y anestesiología y reanimación, así como el personal titulado en enfermería y matronas pueden presentar su declaración de objeción de conciencia. De esta manera, se entiende que el rechazo o la negativa a realizar esta intervención por razones de conciencia es una decisión individual de las personas profesionales sanitarias, que debe manifestarse con antelación y por escrito.