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Polémica municipal

El Supremo confirma la nulidad del puesto de 'alcalde B' y el Ayuntamiento asegura que es una "cuestión superada"

La figura del 'alcalde B' vuelve a generar una nueva guerra entre el Gobierno municipal y la oposición tras el fallo del Supremo
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Celebración de un Pleno en el Ayuntamiento de Valladolid, y en detalle, Indalecio Escudero

El Tribunal Supremo ha inadmitido a trámite el recurso de casación presentado por el Ayuntamiento de Valladolid contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que declaró "ilegal" la creación del puesto denominado Director de Coordinación de Políticas Públicas, y que fue calificado por el PSOE como 'alcalde B'.

La Sección de Admisión de la Sala de lo Contencioso‑Administrativo del alto tribunal, mediante providencia de 4 de febrero de 2026 difundida por parte del Grupo Socialista, ha acordado la inadmisión del recurso municipal y cierra la vía de casación, de modo que tal y como ha defendido el PSOE, es firme el pronunciamiento del Tribunal Superior que anuló el nombramiento y la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo que lo sustentaba. La providencia del Supremo concluye que el Ayuntamiento no ha fundamentado de forma suficiente la concurrencia del interés casacional objetivo exigido.

Asimismo, ha señalado que "aun no habiendo jurisprudencia sobre la cuestión planteada, los términos de las normas que señala como infringidos son tan claros que no hace falta jurisprudencia que los interprete". Además, tal y como remarcan los socialistas, impone las costas procesales a la parte recurrente, que en este caso es el Ayuntamiento, con un límite máximo de 2.000 euros a favor de la parte recurrida personada y opuesta a la admisión.

"El 'alcalde B' es una cacicada de Carnero", según el PSOE

El PSOE ha recordado que la sentencia recurrida ya había declarado "ilegal" la creación de este órgano directivo por haber sido incorporado a la Relación de Puestos de Trabajo sin que previamente el Pleno modificara el Reglamento Orgánico del Ayuntamiento para introducirlo en la organización municipal. "La creación del 'alcalde B' es una cacicada del alcalde que solo responde a su interés particular, que es dotarse de una persona de su confianza para cubrir su ausencia mientras está en el Senado", ha manifestado el portavoz socialista. 

"No se trató de una necesidad organizativa acreditada ni de una figura prevista en el Reglamento Orgánico, sino de un puesto diseñado a medida para sostener una estructura política paralela, al margen del control democrático y de la normativa aplicable", ha explicado Pedro Herrero, al tiempo que ha reiterado que "además de ser ilegal, este puesto tiene un coste muy elevado para las arcas públicas, 627.048 euros a lo largo del mandato, esto son 156.762 euros anuales". 

Además de denunciar el coste de esta figura, el PSOE ha insistido en que "el alcalde Carnero se ha negado reiteradamente a rendir cuentas sobre la utilidad real de la plaza". 

La respuesta del Ayuntamiento: "Es legal y procedente"

La portavoz del equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Valladolid, Blanca Jiménez, sobre las manifestaciones del PSOE respecto al puesto de Coordinador de Políticas Públicas -que ostenta Indalecio Escudero-, y a la decisión del TSJ ha indicado que "respetan" las decisiones judiciales, pero ha indicado que esta es una cuestión jurídica que "ya está superada" desde el momento en que se modificó el Reglamento Orgánico del Consistorio. 

"Una modificación que integra la figura del Coordinador de Políticas Públicas dentro de la organización administrativa de la Alcaldía, como tantas y tantas alcaldías de nuestro país, y que da cobertura normativa a este puesto que es perfectamente legal y procedente. Además, hay que recordar que la modificación del reglamento es firme, puesto que no ha sido objeto de recurso alguno", aseguró Jiménez.